8 jul 2012

El vulnerado derecho a la libertad religiosa

Madrid,07/07/2012,islamedia


Nota de prensa
De nuevo asistimos a la toma de resoluciones por parte de algunos municipios, el último en Torrejón de Ardoz (Madrid), tomados sus consistorios como “rehenes” de un grupo minoritario de vecinos y/o algún partido político, también minoritario, que quiere aglutinar para sí la simpatía y el voto, sintiéndose coaccionados los ediles para finalmente denegar las licencias de apertura de templos, sobre todo si son musulmanes, demostrando así lo vulnerable que es el Estado de Derecho ante presiones vecinales y políticas, para quienes importa nada el Derecho de los otros. Parece que la Constitución y las Leyes pueden ser vulneradas por normas de inferior rango tomadas bajo coacción o convicción personal contra un grupo social español, en este caso los musulmanes españoles y los musulmanes inmigrantes.

Los musulmanes en España alcanzamos aproximadamente el millón y medio de fieles, de los cuales un tercio somos españoles, es decir, varios cientos de miles, muchos de ellos naturales de nuestro país, nacidos en España de padres españoles. Los inmigrantes también tienen reconocidos sus derechos constitucionales en nuestro ordenamiento jurídico que debe ser respetado siempre sin ceder a la presión para proceder a limitaciones, denegaciones y trabas arbitrarias de los poderes públicos.

A este respecto, siempre debemos tener presente nuestro marco constitucional:

“Artículo 9.2: Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.”

“Artículo 16. 1. Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley.”

En este sentido, llamamos a los poderes públicos a que defiendan el Estado de Derecho con los medios jurídicos de que disponen y se acate la legalidad vigente, también por estos pequeños grupos que promueven la exclusión de personas por religión y por nacionalidad, al suponerles otra, y provocan a su discriminación.

Las instituciones islámicas de nuestro país realizan una labor constante a favor de la convivencia hermanada de todos los ciudadanos de todo credo, en plena colaboración con las instituciones, y esperamos que los poderes públicos actúen con equidad y justicia legal y constitucional.

Recordemos que la Ley Orgánica de Libertad Religiosa establece:

“Art. 3.1. El ejercicio de los derechos dimanantes de la libertad religiosa y de culto tiene como único limite la protección del derecho de los demás al ejercicio de sus libertades públicas y derechos fundamentales, así como la salvaguardia de la seguridad, de la salud y de la moralidad pública, elementos constitutivos del orden público protegido por la ley en el ámbito de una sociedad democrática.”

Por todo ello afirmamos que consideramos contrario a la Ley y a la Constitución cualquier moratoria municipal para la concesión de licencias de apertura para templos, así como cualquier resolución que entorpezca o impida su apertura para culto público, salvo por motivos objetivos establecidos en las mismas leyes, no siendo suficiente ni la exigencia ni la superación de aforo si no afectare a la seguridad, ni otros motivos subjetivos y caprichosamente arbitrarios, y por supuesto absolutamente excluyente, segregacionista y apartheid es el destierro de los templos a zonas sin habitantes como polígonos industriales al extrarradio, cuando los lugares de culto son precisamente para el acceso público de los habitantes en una población y para la vida espiritual y servicios religiosos de esa comunidad de creyentes convecinos.

También, conviene traer a colación la Sentencia del Tribunal Supremo de 18 de junio de 1992, que establece que “no son de aplicación a un local destinado al culto religioso ni el Reglamento de Actividades Clasificadas ni el de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas para acordar su clausura y precintado”.

No nos dejemos manipular por mensajes propagandísticos de unos ni nos dejemos llevar por el temor que infunden algunos; seamos justos y exijamos a los poderes públicos que den ejemplo y actúen con justicia para poder preservar nuestro ordenamiento constitucional y no se resquebraje cayendo en el fraude de ley y de democracia terminando por ser solo apariencia de “Estado de Derecho”.

Es responsabilidad de todos, aunque más de los cargos públicos, ya que, parafraseando a Edmund Burke, "para que triunfe el mal, basta con que los hombres de bien no hagan nada" y pueda así una minoría secuestrar la democracia, la soberanía y los derechos constitucionales. Demos a cada cual su derecho y no seamos débiles ante quienes insertan brechas sociales entre conciudadanos y convecinos.

Madrid, 4 de julio de 2012

Unión de Comunidades Islámicas de España
Comisión Islámica de España

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